
La concesión de nacionalidad por carta de naturaleza es una facultad discrecional del Consejo de Ministros que se tramita cuando concurren circunstancias excepcionales mediante Real Decreto que será dictado a propuesta del Ministerio de Justicia.
Adquieren igualmente la nacionalidad por carta de naturaleza los sefardíes originarios de España mediante resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Los voluntarios de las Brigadas Internacionales tienen igualmente derecho a adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza y no tendrán que renunciar a su nacionalidad anterior.
De la misma forma, la Ley de Memoria Democrática, ley 20/2022 de 19 de octubre, en su artículo 33 amplía esta concesión a los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España.
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