Saltar al contenido

Nacionalidad por Carta de Naturaleza

La concesión de nacionalidad por carta de naturaleza es una facultad discrecional del Consejo de Ministros que se tramita cuando concurren circunstancias excepcionales mediante Real Decreto que será dictado a propuesta del Ministerio de Justicia. 

Adquieren igualmente la nacionalidad por carta de naturaleza los sefardíes originarios de España mediante resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Los voluntarios de las Brigadas Internacionales tienen igualmente derecho a adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza y no tendrán que renunciar a su nacionalidad anterior

De la misma forma, la Ley de Memoria Democrática, ley 20/2022 de 19 de octubre, en su artículo 33 amplía esta concesión a los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España.

También le puede interesar:

error: ¡¡ Este contenido está protegido !!