Saltar al contenido

Matrimonio en el extranjero conforme a la ley del país extranjero

Si los contrayentes han manifestado su propósito de contraer matrimonio en el extranjero con arreglo a la forma establecida por la Ley del lugar de celebración y esta Ley exige la presentación de un certificado de capacidad matrimonial, una vez concluido el expediente con resolución firme favorable, el instructor entregará a aquéllos tal certificado. La validez de éste estará limitada a los seis meses de su fecha.

Se inscribirá en el Registro Civil el matrimonio celebrado conforme a la ley de un país extranjerosiempre que uno de los contrayentes al menos sea español.

Si los dos contrayentes son extranjeros, tiene que celebrarse e inscribirse en el extranjero, conforme a las normas del país extranjero y sólo accedería al Registro Civil español cuando alguno de los extranjeros, adquiriera la nacionalidad española y tuviera que surtir efectos en España.

Requisitos para la inscripción en España del matrimonio

Para que el matrimonio celebrado en el extranjero conforme a la ley extranjera se pueda inscribir en el Registro Civil Español, debemos distinguir dos supuestos:

Si el matrimonio se ha celebrado previo procedimiento de autorización con certificado de capacidad matrimonial tramitado en un Registro Civil español:

Una vez haya sido celebrado el matrimonio en el extranjero, se inscribirá a solicitud de los cónyuges, en virtud de certificación expedida por autoridad o funcionario del país de celebración, cuando la misma tenga eficacia en España. Habrá de haber sido celebrado ante la autoridad extranjera competente.

Si el matrimonio se ha celebrado sin previo procedimiento de autorización con certificado de capacidad matrimonial tramitado en un Registro Civil español:

El documento extranjero que comprenda esa celebración podrá ser objeto de anotación mientras se examina la validez del matrimonio. Se deberá tramitar procedimiento de autorización que se iniciará con el acta de celebración. La competencia para tramitarlo corresponderá al Encargado de la Oficina Consular o de la Oficina Central del Registro Civil, con la comprobación de los requisitos de validez del matrimonio celebrado. Si la resolución es favorable, la anotación se sustituirá por la inscripción

Normativa de aplicación

También le puede interesar:

error: ¡¡ Este contenido está protegido !!